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TEPJF: mañaneras de AMLO no es un caso juzgado

MCCI y AMLO

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El presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), José Luis Vargas, informó que el tema de las conferencias matutinas del Presidente Andrés Manuel López Obrador no está concluido en ese órgano jurisdiccional, ya que están pendientes de sentencia seis o siete expedientes.

Explicó que en una próxima sentencia, una vez que se entre al análisis de fondo del tema, se determinará el alcance de las mañaneras.

José Luis Vargas, presidente del TEPJF.

“Es un tema de fondo que se tendrá que analizar con absoluto rigor, con total apego al marco legal aplicable y eso es lo que se hará en las próximas semanas, en una sola resolución, para poder generar un dictamen final sobre lo que tendrá que ser el alcance de las mañaneras”, señaló el Magistrado Vargas.

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TEPJF sólo se pronunció sobre las atribuciones del INE

En un comunicado oficial, el Magistrado presidente explicó y delimitó el alcance de la sentencia aprobada el miércoles en sesión privada, que se refirió a las medidas cautelares y lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) vinculados con las conferencias matutinas del presidente, entre otros puntos.

“Solamente se revocaron los lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) el 15 de enero (…) Se resolvió lo relativo a una medida cautelar en torno a las conferencias matutinas. Es decir, no se ha entrado al fondo del asunto y próximamente se emitirá una resolución definitiva”, expuso el Magistrado.

En la sentencia aprobada el miércoles, cabe recordar, el Tribunal revocó un acuerdo del INE por el cual detallaba en una especie de decálogo, las limitaciones en temas y expresiones electorales del Presidente de la República.

Estas expresiones electorales incluían las realizadas en las conferencias matutinas, pero también en eventos públicos y giras durante el proceso electoral en marcha, para preservar la equidad en la contienda, lo que fue conocido como “tapabocas” .

El acuerdo también era extensivo a Gobernadores y servidores públicos y detallaba lo ya previsto en la ley y la Constitución.

El TEPJF por mayoría consideró que el INE se excedió en sus atribuciones al aprobar ese decálogo pues solo debió decidir sobre medidas cautelares que le solicitaban y no prohibir ante temores futuros.

Entre los expedientes que deberá resolver próximamente la sala superior están los vinculados con el análisis de fondo de las mañaneras y si son o no propaganda gubernamental en tiempos electorales.

Agencia Reforma

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