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Tribunal Electoral le echa al INE la bolita en el caso Salgado

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Tribunal Electoral le echa al INE la bolita en el caso Salgado

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) discutirá este viernes un proyecto de sentencia que no propone devolver la candidatura al Gobierno de Guerrero a Félix Salgado y otros morenistas a los que el INE canceló su registro.

 El proyecto de sentencia, elaborado por el Magistrado Reyes Rodríguez, regresa el acuerdo al INE para que en 48 horas revise y califique cada caso otra vez y, de prevalecer la cancelación, prevea la sustitución del candidato.

 “En caso de que el CG (Consejo General) del INE decida aplicar la sanción consistente en la pérdida o cancelación de los registros de la y los precandidatos involucrados, deberá prever lo conducente respecto a la sustitución de la candidatura”, señala el texto.

 El proyecto de sentencia del Tribunal deja abierta la puerta a la confirmación de la cancelación, a la luz de una nueva calificación de los casos, y tomando en cuenta que los sancionados sí fueron precandidatos que no presentaron informes de precampaña.

 El INE deberá determinar nuevamente la sanción a cada candidato “en el entendido de que, si lo considera, la pérdida o cancelación del registro sigue siendo una sanción disponible para la autoridad administrativa”.

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Tribunal confirma multa a Morena

 La sentencia a discusión propone confirmar la multa de 6 millones 573 mil 391.97 pesos impuesta al partido Morena por esas faltas administrativas con los informes de precampaña.

 El documento presentado por el Magistrado Reyes Rodríguez -que circula entre los magistrados de la Sala Superior- plantea revocar solo parcialmente el acuerdo impugnado del INE, con relación a la cancelación del registro de las candidaturas o su derecho a ser candidatos de los morenistas Salgado Macedonio, Adela Román y Luis Walton.

 El proyecto propone desechar el recurso de Pablo Amílcar Sandoval por haber sido presentado de manera extemporánea.

 La sentencia menciona una serie de criterios que deberá tomar el INE en su nuevo análisis del caso, y precisa que los sancionados deben ser considerados precandidatos que no presentaron sus informes de precampaña.

 “Los aspirantes de Morena en Guerrero sujetos de esta controversia son material y formalmente precandidatos y, por ende, sus actividades, deben ser catalogadas como actos de precampaña”, señala el proyecto.

 “En el caso, no existe presentación extemporánea, pues los informes que presentaron Morena y sus precandidatos se realizaron después de que fuera viable su revisión o verificación, de manera que las faltas que cometieron tanto Morena como sus precandidatos fue la no presentación del informe y no así la presentación extemporánea de los informes”, añade la propuesta de resolución.

 Entre los criterios que deberá aplicar el INE para valorar la gravedad de las faltas cometidas por los precandidatos, están la voluntad o disponibilidad a presentar el informe dentro del plazo legal; si el momento de presentación permitió o no a la autoridad fiscalizarlo; si se intentó encubrir la violación; el monto económico o beneficio involucrado, así como su impacto en la fiscalización, rendición de cuentas y la equidad.

Agencia Reforma

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