El Instituto Nacional Electoral (INE) apercibió al Presidente Andrés Manuel López Obrador por incumplir con la orden de no realizar propaganda gubernamental y hablar del proceso electoral en sus actos públicos.

Por ello, informó el órgano electoral, se le advirtió al Primer Mandatario que de continuar con dicha conducta, será acreedor, en un primer momento, a una amonestación pública.

El 19 de abril, al resolver una denuncia del PRD, la Comisión de Quejas ordenó al tabasqueño abstenerse de difundir logros de gobierno, obra pública o emitir información dirigida a incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía, incluso cuando responda a las preguntas que le son formuladas por reporteros.

Sin embargo, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto detectó que al día siguiente, en su conferencia matutina, el Presidente nuevamente “difundió propaganda gubernamental y de índole electoral”.

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Esto motivo una nueva queja, ahora de Movimiento Ciudadano, por incumplimiento.

“Las expresiones y posicionamientos realizados por el Presidente de México en la conferencia matutina del 20 de abril, actualizan un posible desacato a la medida cautelar indicada, al versar sobre acciones y logros de gobierno, así como cuestiones de índole electoral, por lo que determinó:

“Se considera justificado, oportuno y necesario ordenar al Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, ajuste su conducta a lo ordenado por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo ACQyD-INE-68/2021, apercibido que, de no hacerlo, se le impondrá como medida de apremio una amonestación pública”, indica la resolución emitida este jueves por la Unidad Técnica de lo Contencioso.

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En la conferencia del 20 de abril, el Primer Mandatario reaccionó a la orden del INE, por lo que le respondió que no se callaría, además de que difundió la encuesta de REFORMA en la que su partido lleva ventaja para la Cámara de Diputados y aseguró que la pelea en esta elección es por la mayoría en San Lázaro. También habló sobre la entrega de fertilizantes.

El INE advierte que dicha conducta se suma a otros antecedentes y quejas presentadas por diversas fuerzas políticas.

Por ello, anunció, una vez que se obtengan las respuestas a diversos requerimientos, se enviará el expediente a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral para que determine si existió o no desacato a la medida cautelar ordenada por esta autoridad y se pronuncie sobre el fondo de las conductas denunciadas.

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El organismo le recuerda al Primer Mandatario que el artículo 41 constitucional establece que durante todo el tiempo de las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental.

Mientras que el 134 de la Constitución obliga a cualquier funcionario público a no interferir en un proceso electoral y ser imparcial con los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

Agencia Reforma

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