La sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) consideró que la Secretaria de Energía, Rocío Nahle, incumplió la normativa electoral al difundir propaganda gubernamental en su cuenta de Twitter durante las campañas electorales, lo que está prohibido.

Al resolver una queja presentada por el partido Movimiento Ciudadano con motivo de los mensajes difundidos el 30 de abril y 12 de mayo, a propuesta de la magistrada Gabriela Villafuerte, por unanimidad los magistrados Rubén Lara y Luis Espíndola avalaron la sentencia que considera existente la falta.

Sancionan a Nahle por emitir propaganda en su cuenta de Twitter_01

Sería AMLO quien impondría la sanción de Nahle

Además, determinaron dar vista al superior jerárquico de Nahle, en este caso el Presidente de la República para que imponga la sanción ante la infracción que calificaron de “grave ordinaria”.

La sentencia también ordena dar vista de la sentencia al Órgano Interno de Control (OIC) de la Secretaría de Energía, para que actúe en consecuencia.

Este último punto fue aprobado por mayoría de votos, pues el magistrado Espíndola anunció un voto concurrente y consideró que con la vista a su superior jerárquico era suficiente, además de reiterar su postura de que los funcionarios públicos sancionados por esa sala, deben ser sancionados exclusivamente por infracciones ligadas a la ley electoral y no debe abrirse la puerta para un procedimiento distinto.

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“En el caso concreto, las publicaciones constituyen propaganda gubernamental que se difundió en periodo prohibido, sin que encuadren en ninguna de las excepciones, por tanto es exigente la difusión de propaganda gubernamental durante los periodos de las campañas electorales federal y 32 locales”, señala la sentencia.

La resolución rechazó que la funcionaria pública hubiera incurrido en vulneración de los principios de imparcialidad y equidad, así como tampoco el que se hubiera hecho uso de programas sociales en favor de alguna fuerza política, como pretendía el denunciante.

En otra sentencia, los magistrados multaron al entonces candidato a diputado federal por un distrito de Yucatán Pablo Gamboa y a su partido, el PRI, por difundir videos de propaganda política en sus redes sociales con menores de edad y adolescentes sin su consentimiento.

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Asimismo, al resolver una queja del panista Federico Döring, exculparon a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, por la difusión de mensajes sobre su segunda informe de labores en el Estado de Hidalgo, cuando ya estaban en campaña electoral, lo que viola la ley electoral.

La sentencia establece, sin embargo, multas a una veintena de concesionarios que difundieron esos mensajes de la Jefa de Gobierno por radio y televisión y que incumplieron con medidas cautelares sobre el caso.

Los magistrados determinaron, de acuerdo a la sentencia, la existencia de la infracción por la vulneración de reglas de presentación de informe de labores dentro de ciertos límites territoriales, así como por la difusión de propaganda gubernamental en estados colindantes que ya habían iniciado campaña electoral y que por lo tanto estaba prohibido.

Guadalupe Irízar | Agencia Reforma