La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prisión preventiva oficiosa en delitos como defraudación fiscal simple y contrabando, ya que no pueden ser considerados como delincuencia organizada ni atentan contra la seguridad nacional.

La SCJN invalidó la reforma promovida en 2019 por el Poder Ejecutivo, para imponer como medida cautelar la prisión preventiva oficiosa a los presuntos responsables de los delitos fiscales.

El proyecto del ministro Luis María Aguilar proponía invalidar su aplicación, no obtuvo la mayoría de votos de los ministros, por lo que la figura se mantiene y cada juez será el encargado de establecer su aplicación.

El proyecto requería los votos de al menos ocho de los 11 magistrados, pero bajo diferentes argumentaciones, cinco de ellos decidieron rechazar la eliminación de la prisión preventiva, que se seguirá aplicando en delitos como falsificación de facturas.

Con esta determinación, a prisión preventiva oficiosa se mantiene, pero exceptuando estos delitos, integrados en el 2019.

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