La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una porción del Código Fiscal de la Federación que permitía al SAT proporcionar a terceros datos personales de los ciudadanos que cuentan con firma electrónica avanzada.

Con un total de ocho votos a favor, el Pleno de la Corte decidió declarar fundada la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el INAI.

El proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena indicó que el servicio se presta sin mediar consentimiento de los titulares de esa información, es decir, cuando terceros privados solicitan la información al SAT para verificar si la firma electrónica corresponde a un contribuyente.

La ministra presidenta de la SCJN, Norma Piña Hernández, dijo que esta norma viola el principio de seguridad jurídica, ya que el servicio de verificación está relacionado directamente con el manejo de datos biométricos que son considerados sensibles, y la norma no establece elementos suficientes para impedir que se revelen indebidamente a terceros.

La ministra mencionó que la finalidad de ese servicio es únicamente proporcionar a terceros privados la verificación de la identidad de una persona que entregó al tercero datos biométricos para el uso de la firma electrónica avanzada, cotejando esos datos con los que obran en las bases del SAT.

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