La refinería de Dos Bocas, una de las obras insignia del gobierno de López Obrador.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) analiza el Acuerdo por el que las obras son consideradas de interés público y seguridad nacional, a fin de garantizar que el derecho de acceso a la información y el principio de máxima publicidad no sean vulnerados. 

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En un comunicado, el INAI dio a conocer que analiza de fondo el acuerdo publicado la tarde del lunes 22 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación por el que los proyectos y obras del gobierno de México son considerados de interés público y seguridad nacional.

El instituto estudia las vías legales a emprender para, de ser necesario, impugnar el decreto presidencial que clasifica todos los proyectos prioritarios del gobierno como temas de seguridad nacional, pues esa categoría puede servir para ocultar información.

El INAI reconoció que la “seguridad nacional”, una de las causales de reserva de información, permitiría a la Federación reservar, de manera general, la información relacionada con los proyectos y obras que el gobierno lleva a cabo.

En el artículo primero, el documento señala expresamente que “se declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”.

El INAI, facultado para hacer cumplir la ley

El análisis del INAI tiene como finalidad garantizar que el derecho de acceso a la información y el principio de máxima publicidad no sean vulnerados.

“Al ser la ‘seguridad nacional’ una de las causales de reserva de información, prevista en el artículo 110, fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el INAI advierte que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal pueden llegar a reservar, de manera general, la información relacionada con los proyectos y obras que el gobierno lleva a cabo”, expuso.

“En ese sentido, las áreas especializadas del Instituto estudian los alcances del acuerdo y, de ser necesario, exploran las distintas vías legales a emprender para asegurar que el derecho de acceso a la información de la sociedad sea garantizado, sin restricción alguna”, informó.

El INAI aclaró que como órgano garante del derecho de acceso a la información está facultado para hacer cumplir la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que evalúa si dicho Acuerdo no se contrapone a lo establecido en dicho marco normativo.