Edmundo Jacobo Molina, secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), debe ser restituido en su puesto, determinó el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, mismo que concedió una suspensión provisional contra el artículo 17 transitorio de la reforma electoral, conocida como Plan B.

Jacobo, quien fue el solicitante de la suspensión, fue removido de su cargo el 2 de marzo, un día después de la publicación del Plan B en el Diario Oficial de la Federación, ese mismo día el funcionario anunció que emprendería una batalla judicial para ser reinstalado en el cargo.

Carolina Alcalá Valenzuela, Magistrada quien presentó el proyecto de sentencia, dijo que Jacobo había sido designado como Secretario Ejecutivo para el periodo febrero de 2020 a febrero de 2026, y que en las reformas impulsadas por el Presidente Andrés Manuel López Obrador no se esgrimió alguna razón para cesarlo en sus funciones.

“No se advierte una razón por la que el cambio de facultades (de la Secretaría Ejecutiva) justifique que se termine anticipadamente la titularidad del nombramiento que se venía ejerciendo por el quejoso”, se lee en el documento que contienen la determinación judicial.

Aunque la suspensión sólo es provisional y no definitiva, Jacobo también impugnó su cese ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), instancia que podría pronunciarse sobre el fondo del caso y ordenar una restitución definitiva.

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