El juez Gabriel Regis López, titular del juzgado décimo sexto de distrito en materia administrativa, otorgó una suspensión definitiva a la empresa Cobre del Mayo. Esta suspensión detiene la aplicación total de las reformas a la Ley Minera, decretadas el pasado 8 de mayo y publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Esta no es la primera vez que se concede una suspensión en relación a estas reformas. En junio pasado, el juez Ulises Rivera González, titular del juzgado cuarto de distrito en materia administrativa, también otorgó una suspensión a favor de la empresa First Majestic Plata. Sin embargo, en este caso, la suspensión solo impide la aplicación de un artículo específico del decreto de reforma, lo cual significa que las solicitudes de concesión en materia minera de la empresa no podrán ser desechadas.

La reforma a la Ley Minera fue aprobada el 28 de abril por el Senado de la República. Entre los cambios introducidos por esta norma se encuentra la reducción de la vigencia de las concesiones mineras de 50 a 30 años, así como el establecimiento de la licitación como el único método para otorgarlas.

Además, la Ley Minera establece la obligación de realizar consultas previas con las comunidades indígenas, a las cuales se les debe “remunerar” con un cinco por ciento del proyecto. También se han multiplicado los delitos, infracciones y obligaciones ambientales, con el objetivo de fortalecer la protección del medio ambiente en el sector minero.

Asimismo, el estatuto otorga un trato preferencial a las paraestatales y establece la necesidad de obtener concesiones especiales para el uso del agua en actividades mineras.

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