La Suprema Corte de Justicia autorizó hoy al Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) para llevar a cabo sesiones con solamente cuatro de sus siete comisionados, permitiéndole reanudar sus actividades después de casi cinco meses de suspensión debido a que Morena en el Senado se rehusa a nombrar dos comisionados.

Con una votación de tres a uno, la Segunda Sala de la Corte otorgó al INAI una suspensión temporal del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP), el cual establece que se requieren cinco comisionados para realizar sesiones.

INAI

A pesar de que la Ministra Loretta Ortiz había rechazado previamente la suspensión el 24 de abril, la mayoría de la Corte consideró válida la solicitud del INAI.

La reanudación de las sesiones permitirá al INAI comenzar a resolver más de 8,200 medios de impugnación pendientes, la mayoría de los cuales involucran revisiones de negativas por parte del Gobierno para divulgar información.

Los Ministros Javier Láynez, Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar señalaron que desde el 1 de abril de 2022, el Senado no ha cumplido con la designación de dos nuevos comisionados. A esta omisión se sumó la salida de Francisco Javier Acuña el 1 de abril de 2023, lo que dejó al INAI con solo cuatro integrantes.

En efecto, el 14 de julio pasado, al revisar la controversia constitucional del INAI, el Pleno de la Corte dictaminó, con ocho votos a favor y tres en contra, que existía una omisión del Senado en estos nombramientos. Sin embargo, aún se espera que el Ministro Juan Luis González Alcántara presente un nuevo proyecto de sentencia, ya que el que había preparado Ortiz fue desechado.

“Resulta inviable paralizar el funcionamiento del organismo constitucional autónomo garante de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, máxime que, como se ha reiterado, la propia Constitución y la LFTAIP previeron todo un procedimiento tendente a garantizar y blindar el funcionamiento regular de ese organismo”, sostiene la resolución de hoy, redactada por Láynez.

“Una conclusión e interpretación contraria implicaría desconocer que el propio poder reformador de la Constitución pretendió garantizar el regular y ordinario funcionamiento del órgano encargado de la protección y tutela de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, al disponer la designación oportuna de quienes lo integran”, agrega.

La sentencia precisa que la presidenta del INAI, Blanca Ibarra, tendrá un voto de calidad en caso de empate en las votaciones.

Asimismo, se menciona que la suspensión estará en vigor mientras el Senado no designe, al menos, a un nuevo comisionado.

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