El documento sobre la Ley Eléctrica sin firma fue difundido por el grupo de WhatsApp de la Presidencia.

Luego de que ayer la Suprema Corte declarara constitucional la Ley Eléctrica, el gobierno federal advirtió que se revisará la legalidad y rentabilidad financiera de los contratos de producción independiente y se revocarán los permisos irregulares.

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En un documento sin firma difundido en el grupo de WhatsApp, la Presidencia de la República informó que se revisarán y revocarán los permisos de autoabastecimiento que son irregulares y se terminarán o renegociarán los contratos de producción de energía eléctrica independiente.

A través de una tarjeta informativa, tras el aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a la Ley Eléctrica, el gobierno federal detalló que existen 234 esquemas de autoabastecimiento, de los cuales 110 son ilegales, mismos que cuentan con 77 mil socios-clientes entre quienes se compra y vende energía eléctrica.

Informó que se revisará la legalidad y rentabilidad financiera para el Estado de los contratos de producción independiente, los cuales en su caso deberán ser renegociados o terminados anticipadamente.

“Se revisarán y revocarán los permisos de autoabastecimiento encuadrados en la grave irregularidad del fraude a la ley. Existen 234 autoabastecimientos, de los cuales 110 son ilegales y tienen 77 mil socios-clientes, ya que se compravenden energía eléctrica y capacidad

“Se revisará la legalidad y rentabilidad financiera para el Estado de los contratos de producción independiente, los cuales en su caso deberán ser renegociados o terminados anticipadamente”, informó tras el aval de la Corte a la Ley Eléctrica.

En este último caso, la Presidencia detalló que las centrales de producción independientes reciben pagos de 100 por ciento de la energía eléctrica por parte de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) aun cuando no se entregue.

“Como se podrá observar, se termina el negocio heredado donde se benefició a la inversión privada extranjera (Iberdrola, Naturgy, Mitsui, Saavi, Enel, etc)”, detalla.

El documento precisa que, al declarar la constitucionalidad de diversos artículos, se tienen consecuencias favorables para el Estado como la integración de las centrales eléctricas que fueron dadas de baja, así como las recientemente construidas o las que se construyan en el futuro.

Marca que la CFE podrá celebrar contratos de cobertura eléctrica con compromisos de entrega física, lo que significa que podrá hacer un despacho de sus propias centrales a través de un programa fijo de generación. 

Y las 60 hidroeléctricas tendrán un despacho prioritario de los 12 mil 125 mega watts que aportan un 10 por ciento de energía en el sistema eléctrico, con la modernización y construcción de 16 proyectos hidroeléctricos permitirá la participación de energía en el 18 por ciento del sistema eléctrico nacional.

Además, la CFE Suministro Básico podrá celebrar contratos con las centrales eléctricas de la misma empresa estatal que tienen compromiso de entrega física, y el acceso a las redes eléctricas solo será posible cuando esto resulte técnicamente factible.

“A partir de ahora se detiene le otorgamiento de permisos por parte de la CRE sin sustento técnico. Al día de hoy, los productores privados mantenían el monopolio del despacho preferente, con esta resolución el Cenace dará prioridad a lo que beneficia a la CFE”, añadió.

Y aclara que el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) tiene la facultad de decidir el despacho de las centrales eléctricas en función de la confiabilidad, calidad y continuidad del sistema eléctrico nacional.

Corte frena inconstitucionalidad de reforma a Ley Eléctrica

La Ley Eléctrica de AMLO fue avalada por cuatro ministros de la Corte.

En el documento se asegura que los ministros de la Corte declararon “totalmente improcedente” la pretensión de inconstitucionalidad de la Reforma a la Ley Eléctrica planteada por un grupo de Senadores de la República.

“También rechazaron el argumento de los senadores en el sentido de que la Reforma a la Ley Eléctrica es violatoria del T-MEC y otros tratados de libre comercio. Lo anterior, quiere decir que la Reforma del 9 de marzo del año pasado sigue vigente en sus términos y debe ser aplicada por las autoridades competentes”.

Se afirma que los pronunciamientos establecidos por el Máximo Tribunal en favor de la constitucionalidad de la reforma deben ser tomados en consideración por los jueces de distrito y los tribunales colegiados que tiene a su cargo los amparos promovidos por las empresas privadas y será el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien dictará un acuerdo en ese sentido.